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NYS OTDA/White House

El 27 de enero, la corte suprema de Estados Unidos validó la norma sobre carga pública (Public Charge) impulsada por la administración Trump desde agosto de 2019. De este modo la corte suprema anuló el veto judicial que impedía la aplicación de esta norma, con la excepción del estado de Illinois. 

Según un comunicado del servicio de ciudadanía e inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), la norma entrará en efecto el 24 de febrero de 2020 y aplicará “a las solicitudes y peticiones que lleven el sello de correos (o se presenten electrónicamente) a partir del 24 de febrero de 2020”. Para las solicitudes y peticiones enviadas por mensajería comercial, “la fecha del matasellos es la fecha reflejada en el recibo del mensajero” y por esto el USCIS rechazará “las ediciones anteriores de los formularios si el formulario tiene el sello postal del 24 de febrero de 2020 o posterior”.

Desde que salió a la luz esta regulación en 2019, las nuevas reglas han difundido temor entre inmigrantes, incluso entre aquellos a las cuales esta regla no cobijaba. Por ejemplo, la fundación de la familia Kaiser informó que 47 por ciento de los centros de salud reportaron personas que rechazaron o cancelaron la cobertura debido a la regulación de la carga pública.

Debido a esto lo que se pronostica es que probablemente más inmigrantes se desalienten de buscar o renovar los tipos de programas de ayuda temporal a los cuales tenían acceso al haberse ampliado la definición de dependientes de la ayuda del gobierno. “El gobierno los llama beneficios pero nosotros los llamamos derechos”, dice Natasha Lycia Ora Bannan, abogada de Latino Justice.

Según el Center on Budget and Policy Priorities, “hará que las familias inmigrantes teman recibir beneficios como SNAP, Medicaid y asistencia para la vivienda que pueden ayudarles a llegar a fin de mes y a acceder a la atención médica cuando su bajo salario no es suficiente. Muchos renunciarán por completo a la asistencia, lo que dará lugar a una mayor inseguridad y dificultad económica, con consecuencias negativas a largo plazo, en particular para los niños”.

Para despejar algunas dudas, City Limits preparó este artículo.

Así que ¿de qué se trata?

La norma prescribe cómo el departamento de seguridad nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) determinará si un extranjero es admisible o no en los Estados Unidos basándose en la probabilidad de que el solicitante se convierta en una carga pública en cualquier momento en el futuro. Como lo señaló el abogado de inmigración Hasan Shafiqullah de The Legal Aid Society —una de las organizaciones que presentaron la demanda en el tribunal federal de distrito de Manhattan contra la carga pública—, “uno de los mayores cambios está en la frase ‘primarily dependant on the government’ (depende principalmente del gobierno) por dependiente por “12 meses en un período de 36 meses”.

¿A quiénes afecta?

En términos generales afecta a la inmigración basada en la familia y más específicamente a quienes van a aplicar por una “green card” (tarjeta verde) a través de un miembro de la familia. Entre este grupo de aplicantes, a quienes se pronostica que afectará más será a las personas de bajos ingresos (especialmente a los que ganan menos del 250 por ciento del nivel de pobreza federal). Otros factores que serán tenidos en cuenta son la mala salud, la falta de seguro médico privado, la baja puntuación de crédito, la deuda, la incapacidad de hablar inglés, la falta de educación y/o historial de trabajo. Toda esta información se consigna en el formulario I-944, declaración de autosuficiencia. Las instrucciones para diligenciar el formulario están aquí (por el momento solo están disponibles en inglés al igual que el formulario).

Según un correo de la oficina de prensa de USCIS de Nueva York, “las personas que soliciten visas de inmigrante o no inmigrante en el extranjero; las personas que soliciten admisión en los Estados Unidos con visas de inmigrante o no inmigrante; y las personas que busquen ajustar su condición a la de residente permanente legal desde dentro de los Estados Unidos están sujetas al motivo de inadmisibilidad de la carga pública”.

¿En qué circunstancias el DHS no considerará los beneficios?

Según lo describió USCIS en Nueva York, si el aplicante está enlistado en las fuerzas armadas de los Estados Unidos, o sirviendo en activo o en los componentes de la “Ready Reserve components” (reserva preparada) o es el cónyuge de un hijo de dichos miembros del servicio, entonces “el DHS no considerará la recepción de beneficios públicos recibidos”.

Además “el DHS no considerará el Medicaid recibido por niños menores de 21 años, mujeres embarazadas, y por mujeres dentro del período de 60 días que comienza el último día del embarazo”. Tampoco tendrá en cuenta los beneficios públicos recibidos por “los niños, incluidos los hijos adoptivos, que adquirirán la ciudadanía estadounidense bajo el INA 320, 8 U.S.C. 1431 o el INA 322, 8 U.S.C. 1433”.

Tampoco se considerarán los beneficios públicos recibidos “cuando el extranjero estaba en una categoría de inmigración exenta de carga pública”.

¿Quiénes están exentos de ser examinados por carga pública?

Personas que no estén solicitando la residencia, refugiados, asilados, aquellos que estén buscando la cancelación de deportación, inmigrantes menores sin protección adulta (Special Immigrant Juveniles, SIJ, por sus siglas en inglés), inmigrantes que posean una visa especial (ciudadanos afganos o iraquíes que apoyaron a los Estados Unidos), personas que reúnan los requisitos bajo la ley Cuban Adjustment Act (CAA, por sus siglas en inglés), o la ley Nicaraguan Adjustment & Central American Relief Act (NACARA, por sus siglas en inglés), la ley Haitian Refugee Immigration Fairness Act (HRIFA, por sus siglas en inglés), o la ley Liberian Refugee Immigration Fairness Act.

Es importante destacar que esta regulación no aplica a los programas de inmigración basados en razones humanitarias para refugiados, solicitantes de asilo, jóvenes inmigrantes especiales (SIJ, por sus siglas en inglés), algunas víctimas de trata de personas (visa T de no inmigrante), algunas víctimas de actividades delictivas cualificadas (visa U de no inmigrante) o víctimas de violencia doméstica (autopeticionarios VAWA).

¿Qué beneficios se considerarán como parte de la carga pública?

Según lo describió USCIS en Nueva York, el término “beneficio público” incluye “beneficios en efectivo para el mantenimiento de los ingresos, TANF, SSI, GA, programa de asistencia nutricional suplementaria [SNAP, por sus siglas en inglés], la mayoría de las formas de Medicaid, asistencia para la vivienda de la Sección 8 bajo el programa de vales de elección de vivienda, asistencia para alquiler basado en proyectos de la Sección 8, y vivienda pública”. Una lista más detallada se puede encontrar en la versión final de la ley.

¿Qué beneficios NO se consideran parte de la carga pública?

Básicamente según USCIS en Nueva York, las prestaciones públicas no enumeradas en la ley están excluidas de la consideración como carga pública. Por ejemplo, no se incluye “la consideración de asistencia médica de emergencia”, o las ayudas “en caso de desastre”, o los programas “nacionales de almuerzos escolares, WIC, CHIP, subsidios de acogida y adopción, préstamos estudiantiles e hipotecarios subvencionados por el gobierno, asistencia energética, despensas de alimentos y refugios para personas sin hogar, y Head Start”.

Como se vio anteriormente, no serán considerados los beneficios públicos recibidos por los miembros no ciudadanos de las fuerzas armadas que presten servicio activo o en cualquiera de los componentes de la “Ready Reserve components” (reserva preparada) o por el cónyuge y los hijos de los miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos. Además, el DHS no considerará la recepción de los beneficios de Medicaid recibidos: 

1) para el tratamiento de una ‘afección médica de emergencia’ 

2) como servicios o beneficios proporcionados en relación con la ley Disabilities Education Act

3) como servicios o beneficios basados en la escuela proporcionados a personas que están en o por debajo de la edad más avanzada elegible para la educación secundaria según lo determinado por la ley estatal o local 

4) por extranjeros menores de 21 años

5) por mujeres embarazadas y por mujeres dentro del período de 60 días que comienza el último día del embarazo. 

¿Qué pasa si envía una solicitud con los formularios anteriores?

Si USCIS recibe una solicitud o petición de beneficios usando ediciones incorrectas de los formularios, el USCIS se supone que debería informar al solicitante o peticionario de la necesidad de presentar una nueva solicitud o petición usando los formularios correctos.

¿Está USCIS planeando formas de educar a la gente sobre este tema y evitar la propagación de información errónea sobre la regla?

Según lo describió USCIS en Nueva York, la red nacional de “Community Relations Officers” (oficiales de relaciones comunitarias) llevan a cabo actividades “de divulgación en la comunidad sobre temas de importancia para los solicitantes y demandantes —incluyendo la aplicación de la regla de carga pública”.

Específicamente en la ciudad de Nueva York esta labor se llevará “a cabo en las bibliotecas públicas, en los eventos de la CUNY” y en los “simposios y ferias organizados por organizaciones comunitarias”.

¿Dónde más se puede encontrar ayuda?

Puede llamar de lunes a viernes, entre las 9:00 de la mañana hasta las 5:00 de la tarde, a la Legal Aid Society al 844 955 3425 y recibir más información sobre la carga pública y cómo se aplica a su caso.

La organización Se hace camino Nueva York (Make the Road New York) también está respondiendo preguntas en sus sedes de Queens, Brooklyn, Staten Island, Long Island y Westchester.


Con la serie de artículos llamada “Lo que necesita saber sobre”, City Limits inauguró un espacio en el cual la comunidad latina de Nueva York podrá encontrar cápsulas de información práctica y sencilla de interés general para la comunidad. Escríbanos sus sugerencias a daniel@citylimits.org