Translated by Carlos Rodriguez. To read the English version, click here.
El Proceso de Revisión de Uso Uniforme de Suelos (“Uniform Land Use Review Procedure”, o ULURP) es un procedimiento estandarizado a través del cual se evalúan públicamente solicitudes que afecten la utilización de suelo de la ciudad.
Hay varias acciones que necesitan ser aprobadas a través del ULURP, pero son los cambios de zonificación y la disposición de la propiedad de la ciudad las que suelen recibir más atención. Esencialmente, el ULURP es el método a través del cual la Ciudad cambia sus políticas respecto al suelo, y el proceso incluye una serie de consultas a nivel de la comunidad y del condado, seguidas de decisiones vinculantes que toman el alcalde y el Concejo municipal.
Nota clave: El ULURP que se detalla muy brevemente a continuación (más detalles aquí) es diferente pero guarda relación con el proceso de revisión ambiental.
1. Un desarrollador presenta una solicitud en el ULURP con el Departamento de Planificación de la Ciudad. Se envía una copia a la junta comunitaria afectada.
2. Si el desarrollador presenta todos los papeles requeridos y realiza al menos los primeros pasos de cualquier revisión ambiental necesaria, el proyecto recibe certificación. Esto pone en marcha el reloj del ULURP.
3. La junta comunitaria tiene 60 días para revisar la propuesta, y debe someterla a una audiencia pública. La junta puede tomar una decisión respecto a la solicitud – de carácter puramente consultivo – o no. De cualquier manera, la solicitud pasa a la presidencia del condado.
4. Cuando la junta finaliza su evaluación, la presidencia del condado tiene 30 días para revisar la idea y dar sus recomendaciones – también de carácter consultivo – a la Comisión de Planificación de la Ciudad.
5. Una vez pasada la revisión de la presidencia del condado, la Comisión de Planificación de la Ciudad, compuesta por siete miembros seleccionados por el alcalde y otros seis designados por los presidentes de los condados y la defensora del pueblo, tiene 60 días para votar respecto a la propuesta. En algunos casos, si la presidencia del condado vota en contra, se necesita una supermayoría de nueve comisionados para revocarle. Sin embargo, casi siempre prevalece la mayoría simple.
6. El Concejo Municipal automáticamente revisa algunas solicitudes de ULURP y puede elegir dar su opinión en otras. El Subcomité del uso de suelo (sea el de monumentos, planificación o zonificación) es el primero en revisar la propuesta, después le sigue el Comité de uso del suelo para, finalmente, pasar a ser considerada por el Concejo al completo. Tradicionalmente, el Concejo suele seguir las recomendaciones del concejal a cuyo distrito pertenece el proyecto, y tiene 50 días para tomar acción respecto a la propuesta del ULURP.
7. Si el Concejo modifica la propuesta del ULURP, esta regresa a Planificación, donde se decide si el cambio se puede hacer sin tener que comenzar de nuevo todo el proceso.
8. Una vez el Concejo ha hecho un voto final con respecto al plan, el alcalde tiene el poder de vetarlo antes de que pasen cinco días.
9. Sin embargo, el Concejo puede tener la última palabra. Si el alcalde veta una decisión de uso de suelo, el Concejo tiene 10 días para invalidar el veto con un voto a favor de dos terceras partes de sus miembros.